CITAS DE EXTRANJERÍA ANULADAS EN CALLE MURCIA 42 DE BARCELONA
El sábado se publicó en el BOE el RD 463/2020 por el que se declara el estado de alarma en todo el país.
El artículo 7 relativo a la limitación de la libertad de circulación no contempla la realización de gestiones administrativas como uno de los supuestos permitidos.
Por otra parte, la Disposición adicional tercera establece que se suspenden términos y se interrumpen plazos para la tramitación de los procedimientos.
El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el estado de alarma. También los plazos de prescripción y caducidad quedan suspendidos. En consecuencia, se suspende la atención presencial en la oficina, que quedará cerrada al público.
LAS CITAS QUEDAN ANULADAS
En aquellos casos en los que sea posible la presentación telemática se remitirá un correo electrónico informando de esta posibilidad. Os dejamos el enlace: